La medida solo estará vigente en los días de Carnaval.
La medida solo estará vigente en los días de Carnaval.
Secretaría de Tránsito
5 Feb 2024 07:16 AM

Establecen 'pico y placa' para particulares en Barranquilla en los días de Carnaval

Diana Carolina
Navarro González
La medida inicia desde el viernes 9 de febrero.

Con el objetivo de mejorar la movilidad en la ciudad de Barranquilla, evitar la siniestralidad e incentivar el uso del servicio público, la Alcaldía Distrital adoptó la medida temporal de 'pico y placa' para vehículos particulares la cual inicia desde este viernes 9 de febrero a partir de 6:00 p. m. y hasta las 6:00 a. m. del día siguiente, es decir, sábado 10 de febrero.

Ese mismo sábado, día de la Batalla de Flores de la vía 40, Batalla de Flores de la 44 y decenas de eventos más, la medida inicia a las 11:00 am hasta las 6:00 am del domingo 11 de febrero.

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Ese domingo, nuevamente desde las 11:00 de la mañana y hasta las 6:00 de la mañana del lunes 12 de febrero, estará vigente la restricción para vehículos particulares.

Desde la Secretaría de Transito y Seguridad Vial de Distrito establecieron que los carros particulares que hagan tránsito en la ciudad podrán hacerlo sin que se le aplique la restricción siempre y cuando porten y presenten el recibo de peaje de alguna de las vías de acceso al departamento, el cual debe contar con la fecha y hora de ingreso a la ciudad, la cual no debe exceder las 4 horas.

Entretanto, los taxis en Barranquilla tendrán suspensión de la medida de 'pico y placa' desde el viernes 9  y hasta el domingo 11 de febrero, para contribuir a la movilización de los ciudadanos a los diferentes eventos de carnaval, no obstante, el lunes 12 de febrero retorna la medida de la siguiente manera:

Lunes 12 para placas finalizadas en 3 y 4, entre las 6:00 a. m. y las 9:00 p. m.

Martes 13 para placas terminadas 5 y 6, en el mismo horario.

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Ya para el miércoles 14 de enero, la medida continúa de forma habitual dentro del hora establecido.

Los conductores que incurra en la infracción de transitar por sitios restringidas, en horas prohibidas o se estacione en sitios no autorizados serán multado con 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, así como con la inmovilización del vehículo. Mientras que aquellos que por realicen cargue y descargue de pasajeros en sitios y horas prohibidas, la multa será de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes.