Multan y expulsan a pareja que fue sorprendida teniendo relaciones en playa de Puerto Colombia, Atlántico
Un hombre y una mujer fueron multados y expulsados de la playa del Country, en el sector Salgar, en Puerto Colombia, Atlántico, tras ser sorprendidos teniendo relaciones íntimas a la orilla del mar en horas de la mañana. El hecho se viralizó en redes sociales y generó comentarios de los visitantes que estaban en el lugar en ese momento.
Reacción de las autoridades
Saúl Leiva, jefe de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Puerto Colombia, contó que el procedimiento inició cuando el Cuerpo de Bomberos del municipio puso en conocimiento a la Policía Nacional la situación.
“Nosotros como administración rechazamos este hecho y podemos decir que el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Puerto Colombia, una vez se percata de esta situación, pone en conocimiento a la Policía Nacional, la cual llega hasta el sitio, realiza un comparendo, una medida correctiva por este comportamiento contra la convivencia a estas dos personas, que al parecer estaban en estado de alicoramiento y tenían esos actos obscenos en el sector de Bajamar”, explicó Leiva.
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El funcionario añadió que la pareja intentó retirarse sin pagar a los operadores de turismo presentes, pero finalmente fueron sancionados y expulsados de la playa.
“Se colocó un comparendo a estas dos personas, se expulsa de la playa y hoy como administración articulamos unas acciones preventivas para no permitir este tipo de situaciones”, agregó.
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Llamado a la comunidad
Las autoridades hicieron un llamado a los visitantes para respetar las normas y evitar situaciones similares. Leiva indicó: “Hacemos un llamado a los visitantes para que acaten las medidas de las autoridades y que este tipo de hechos no se repita”.
Además, se reforzarán los controles en las playas para que los bañistas puedan disfrutar de los espacios sin inconvenientes y con seguridad.
Multas por tener relaciones en lugares públicos
Aunque en Colombia no existe una ley que prohíba tener relaciones sexuales en público, el Código Nacional de Policía y Convivencia establece sanciones para quienes afecten la tranquilidad de la comunidad. El artículo 33 indica que “realizar actos sexuales o de exhibicionismo que generen molestia a la comunidad” se sanciona con una multa tipo tres, equivalente a ocho salarios mínimos diarios legales vigentes.
El artículo también aclara que no se consideran actos sexuales o de exhibicionismo los besos o caricias entre personas, sin importar género u orientación sexual, cuando se manifiestan como expresiones de afecto.
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Entre los comportamientos que pueden ser sancionados si perturban la convivencia se incluyen:
- Hacer ruido con fiestas, música o actividades que afecten a la comunidad.
- Usar maquinaria o dispositivos ruidosos sin autorización.
- Actividades en espacios públicos que interfieran con la tranquilidad de otros.
- Incumplir normas en lugares públicos como hospitales, bibliotecas o cementerios.
- Consumir alcohol o sustancias psicoactivas en lugares no autorizados.
- Fumar en sitios prohibidos.
- Manifestaciones de afecto que incluyan actos sexuales visibles al público.
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La Corte Constitucional aclara que solo se sancionan los actos sexuales en público si hay exposición de los órganos genitales con intención de violencia o acoso hacia otra persona.