Olas invernales en Cartagena
Olas invernales en Cartagena
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2 Feb 2024 06:28 AM

¡Ojo! Damnificados de olas invernales ya pueden cobrar su platica, conoce el pico y cédula

Andrea Melissa
Ascanio De Oro
En caso de que el arrendador no pueda asistir, será necesario presentar un poder firmado y con huella para delegar a otra persona.

La Oficina Asesora para la Gestión del Riesgo de Desastres del Distrito de Cartagena (OAGRD) estableció el cronograma de las jornadas para la recepción y entrega de la documentación para optar por la continuidad del pago de los subsidios de arriendo a los damnificados de olas invernales anteriores (2004, 2007, 2010, 2011, 2012), sentencias judiciales y falla de San Francisco, de conformidad a lo indicado en la Resolución No. 0238 del 31 de enero de 2024.

La atención comenzará el lunes 5 de febrero a partir de las 8:00 a.m. en el Coliseo de Combate y Gimnasia "Ignacio Amador de la Peña", ubicado en la Avenida Pedro de Heredia, Unidad Deportiva Fidel Mendoza Carrasquilla (detrás del antiguo Colegio Departamental de Cartagena).

Se implementará el sistema de pico y cédula, organizando la atención según el último dígito de la cédula del afectado, de la siguiente manera:

Cédulas terminadas en 1: 5 de febrero de 2024 (Lunes)

Cédulas terminadas en 2: 6 de febrero de 2024 (Martes)

Cédulas terminadas en 3: 8 de febrero de 2024 (Jueves)

Cédulas terminadas en 4: 9 de febrero de 2024 (Viernes)

Cédulas terminadas en 5: 12 de febrero de 2024 (Lunes)

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Cédulas terminadas en 6: 13 de febrero de 2024 (Martes)

Cédulas terminadas en 7: 15 de febrero de 2024 (Jueves)

Cédulas terminadas en 8: 16 de febrero de 2024 (Viernes)

Cédulas terminadas en 9: 19 de febrero de 2024 (Lunes)

Cédulas terminadas en 0: 20 de febrero de 2024 (Martes)

Día extraordinario: 21 de febrero de 2024 (Miércoles)

Isla Tierra Bomba: 26 de febrero de 2024 (Lunes)

"La atención se llevará a cabo en el horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. y subrayamos la relevancia de asistir con la documentación completa tanto para arrendadores como arrendatarios. Por favor, evite recurrir a intermediarios", indicó Daniel Vargas, jefe de la OAGRD.

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En caso de que el arrendador no pueda asistir, será necesario presentar un poder firmado y con huella para delegar a otra persona. La OAGRD pidió tener en cuenta que, a la hora de firmar el poder, se especifique si la autorización es solo para la firma del formato único de contrato o también para recibir el subsidio.

El día 26 de febrero de 2024, la OAGRD se estará desplazando hasta la isla de Tierra Bomba para realizar la suscripción del Formato Único de Contrato de Arriendo, para los damnificados de esa zona insular que vienen recibiendo el beneficio desde años anteriores.

Los requisitos necesarios para la suscripción de estos contratos:

-El trámite es ÚNICAMENTE PRESENCIAL, para damnificado y arrendador

-Certificado bancario ORIGINAL de la cuenta de ahorros del arrendador (Para casos de 2004 corresponde al damnificado)

-Copia de recibo de servicios públicos donde conste el nombre del arrendador y la -dirección de la vivienda a arrendar, puede ser de agua potable, gas natural y/o de energía, con antigüedad no mayor a dos meses.

-En caso de que el arrendador no sea el propietario del inmueble, se deberá aportar poder autenticado por biometría, en el que se autorice el arriendo del inmueble.

-RUT del arrendador (Para casos de 2004 corresponde al damnificado)

-Copia de cédula del arrendador y del arrendatario.