
Juzgado en Barranquilla declaró nulidad en el PBOT del municipio de Puerto Colombia, Atlántico
El Juzgado 12 Administrativo Oral de Barranquilla declaró la nulidad del Plan Básico de Ordenamiento Territorial (PBOT) de Puerto Colombia de 2017 por no dar "cumplimiento cabal" a la etapa de concertación y consulta de forzoso acatamiento.
"Declárese la nulidad del Acuerdo 013 del 5 de diciembre de 2017, por el cual, se adopta la revisión general del Plan Básico de Ordenamiento Territorial, PBOY, y se dictan otras disposiciones, proferido por el Concejo Municipal de Puerto Colombia (Atlántico), de conformidad a lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia", indica la sentencia.
Esta decisión fue tomada en primera instancia al resolver una demanda de nulidad interpuesta por la Procuraduría General de la Nación, en contra del municipio y del Concejo de esta población atlanticense.
El Ministerio Público hizo esta solicitud, al señalar que, el PBOT se adoptó por medio de una modificación de un plan básico que ya no estaba vigente, y según indicó "feneció en el año 2012 según el artículo 28 de la ley 388 de 1997, modificado por el artículo 2 de la ley 902 de 20045 como el Municipio de Puerto Colombia no adoptó nuevamente un Plan Básico de Ordenamiento Territorial PBOT, tal comisión produjo la renovación automática del Acuerdo No. 037 de 2000 por 12 años más hasta el 2024".
Asimismo, aseguró que, el Concejo no tenía competencia temporal para expedir dicho acuerdo en 2017, ya que, el PBOT de 2000 contaba con vigencia hasta 2024, por lo que el trámite debió iniciar seis meses antes de diciembre de 2024, fecha de vencimiento de la nueva vigencia, para iniciar el trámite para la formulación del nuevo plan.
Le puede interesar: Ataque sicarial sacude a Sabanalarga: un muerto y un herido en el barrio Las Mercedes
De acuerdo con la sentencia, entre los argumentos de demandante, manifiesta que, "el acto demandado no solo omitió el cumplimiento de los requisitos relacionados con los estudios básicos y cartografía como documentos que deben soportar la revisión del PBOT de Puerto Colombia, sino que igualmente no hubo el ajuste de las condiciones técnicas, y los aspectos asociados a la gestión del riesgo, lo cual deviene en una clara violación por falta de aplicación de la ley que rige el procedimiento"
En su defensa, el municipio expresó: "Que los concejos municipales, entre estos, el Concejo municipal de Puerto Colombia, tienen total competencia para revisar, o adoptar un nuevo Plan de Ordenamiento Territorial, así los componentes de anterior cumplan su vigencia, porque por disposición legales establece que el ya fenecido sigue vigente. Lo cual, significa que los aludidos planes, nunca pierden vigencia, no porque se renuevan automáticamente, sino esperando una revisión o la adopción de uno nuevo".
Le puede interesar: Aprehenden más de 1.250 millones de pesos en mercancía de contrabando en la Y de Ciénaga