
"Las pruebas en contra de Nicolás Petro son inútiles, repetitivas y dilatorias": Abogado Carranza
En medio de la audiencia preparatoria de juicio contra Nicolás Petro, de este miércoles 30 de julio, el abogado defensor Alejandro Carranza, rechazó y consideró inadmisibilidad, las solicitudes de prueba que fueron postuladas en contra del hijo mayor del presidente por parte de la Fiscalía General de la Nación, para evitar que ciertas pruebas sean consideradas en el juicio.
El abogado de Nicolás Petro, solicitó al juez Hugo Carbonó, que sean retiradas las pruebas en contra del procesado, porque según él, son pruebas repetitivas, "esas pruebas son superflua e inútiles y además repetitivas y dilatorias" (...) "Es un desfile repetitivo de pruebas que lo que genera es dilatar el proceso". Aseveró el abogado Alejandro Carranza.
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El abogado también está solicitando rechazar el registro de llamadas que la fiscal Lucy Laborde está utilizando como pruebas contra Nicolás Petro.
"La fiscal lo que ha hecho es una reiteración innecesaria de información que en gracia de discusión, no va lograr acreditarle en forma pertinente o conducente ningún verbo rector en las conductas que les han sido imputadas a Nicolás Petro, óigase bien, ninguna razón de la geolocalización de la llamada, le va poder demostrar su señoría, si había lavado de activos, ni que hay incremento patrimonial, eso no tiene relación".
Además, tampoco nos explicaron para qué eran y yo no puedo suponer que esas múltiples llamadas eran para ilícitos, y no quiero su señoría que usted se someta a ese desgaste que afectarían las garantías procesales.
Carranza puntualizó que, "esas solicitudes son inadmisibles porque el articulo 439 del código del procedimiento penal ordena de manera expresa que deben ser rechazadas esas pruebas, porque son superflua e inútiles y además repetitivas y dilatorias".
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Cabe resaltar que el día de hoy le corresponde el turno a la defensa para que haga las solicitudes de rechazo, inadmisibilidad o exclusión probatoria, que señalan a Nicolás Petro de haber cometido los delitos de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.