Salvatore Mancuso.
El excomandante paramilitar, Salvatore Mancuso.
Colprensa
9 Ago 2020 12:34 PM

Sala de justicia y paz en Barranquilla a la espera de Minjustica por solicitud de extradición de Salvatore Mancuso

Iván Darío
Duva Ruiz
Para las peticiones de extradición se tuvo en cuenta que Salvatore Mancuso Gómez aceptó su responsabiliad de manera incondicional.

En Barranquilla la Sala de Justicia y paz del tribunal superior mediante dos decisiones del 11 de marzo de 2020, se libraron órdenes de captura internacionales contra el postulado a la Ley de Justicia y Paz Salvatore Mancuso Gómez. 

Carlos Andrés Pérez Alarcón Magistrado del tribunal superior manifestó en Rcn Radio que "El ex jefe Paramilitar tiene vigentes dos medidas de aseguramiento impuestas por la Magistratura de Control de Garantías. La primera es del 24 de octubre de 2019 (por 588 homicidios en persona protegida, 922 desplazamientos forzados y 44 desapariciones forzadas, entre otros), que quedó ejecutoriada luego de pronunciamiento de la H. Corte Suprema de Justicia el 31 de enero de 2020 (Rad. 56649). 

La segunda  medida de aseguramiento reportada fue del 6 de marzo de 2020 (por 14 homicidio en persona protegida, 52 desplazamientos forzados y 19 desapariciones forzadas), que quedó ejecutoriada ese mismo día porque no se interpusieron recursos".

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El magistrado Pérez Alarcón, de la sala de justicia y Paz aseguró señaló que: " La Sala presentó solicitud de extradición activa del citado ciudadano colombiano. Para ello citó lo normado en los artículos 135 (sobre el homicidio en persona protegida), 159 (sobre la deportación o desplazamiento forzado) y 165 (sobre la desaparición forzada) del Código Penal, y aplicó lo dispuesto en los artículos 531, 532 y 533 de la Ley 600 de 2000 (Código de Procedimiento Penal, aplicable por la fecha de los hechos)". 

Ante estos hechos la sala de justicia y Paz cumpliendo con los protocolos de cooperación internacional, remitió toda la documentación a la Dirección de Asuntos Internacionales del Ministerio de Justicia, para el correspondiente trámite diplomático ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.   

En el caso particular de las peticiones de extradición se tuvo en cuenta que el máximo jefe paramiliar aceptó su responsabiliad de manera incondicional por cada uno de esos hechos, como máximo comandante de las Autodefensas Unidas de Colombia.

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A través de un comunicado, la sala de justicia y paz actualmente indicó que: "El asunto está en trámite de terminación -sentencia- anticipada ante la Sala de Conocimiento, por solicitud expresa de la defensa, tal como lo autoriza el artículo 18 de la Ley de Justicia y Paz y el Decreto Reglamentario 1069 de 2015 en su artículo 2.2.5.1.2.3.2, de lo cual también se dio conocimiento al Ministerio de Justicia¨.