Leyton Barrios
Leyton Barrios
Cortesía
8 Nov 2025 02:26 PM

UniAtlántico presenta denuncia penal por presunta usurpación de funciones del Comité Electoral

María Beatriz
López
Por presunta comisión de los delitos de prevaricato por acción y usurpación de funciones públicas.

La Universidad del Atlántico ha iniciado un proceso penal relevante al denunciar ante la Fiscalía la firma de una resolución firmada por personas que se identificaron como miembros de su Comité Electoral, a pesar de que, según la institución, dichos integrantes ya no gozaban de competencia funcional y temporal.

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Contexto institucional

La institución señala que el citado Comité Electoral perdió su competencia al momento de la expedición del documento, pues el proceso de elección del rector —con la elección del señor Leyton Barrios Torres, formalizada mediante el Acuerdo Superior No. 000032 del 27 de octubre de 2025— se había dado por concluido, lo que otorgó presunción de legalidad al acto administrativo.
De este modo, la universidad considera carente de validez —y jurídicamente cuestionable— la actuación del Comité que suscribió la resolución impugnada.

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Además, la institución afirma que una de las personas firmantes no ostentaba el cargo de Vicerrector de Docencia al momento de firmar, por lo que su intervención “carece de sustento jurídico y vulnera los principios de legalidad y competencia administrativa”.

Según la universidad, la única vía habilitada para la nulidad de un acto de elección es la jurisdicción contencioso-administrativa, mediante las acciones previstas en la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo – CPACA). En consecuencia, ningún órgano interno —incluido el Comité Electoral o cualquier órgano administrativo universitario— puede revocar o dejar sin efecto una elección válida una vez culminado el proceso y perfeccionado el acto de designación.

La gravedad institucional

La universidad advierte que el hecho “reviste especial gravedad institucional” porque desconoce los límites jurídicos que rigen la actuación del Comité Electoral y atenta contra el principio de seguridad jurídica que debe regir todos los procesos democráticos internos. Asegura también su compromiso con la transparencia, el respeto a la legalidad y la defensa de la institucionalidad universitaria.

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Relaciones con otros procesos e investigaciones

Este episodio se inscribe en un contexto más amplio de tensión institucional en la Universidad del Atlántico. Por ejemplo:

  • El Ministerio de Educación Nacional ordenó la suspensión de la consulta para elegir rector el 2 de octubre de 2025 por graves irregularidades, alteraciones al orden público e inexistencia de condiciones de garantías. 
  • Además, el propio Ministerio abrió un proceso sancionatorio por denuncias relacionadas con la elección del rector. 
  • Y medios reportan que se advierte que el Comité Electoral no tenía potestad para revocar la elección del rector, lo que refuerza el argumento de la universidad. 

Implicaciones jurídicas

La denuncia penal por prevaricato por acción y usurpación de funciones públicas supone que se investiga si los firmantes del documento adoptaron decisiones pese a carecer de autoridad jurídica para ello. Este tipo de delitos acarrean responsabilidades penales para quienes toman decisiones sabiendo que no tienen competencia legal para ello.
Asimismo, la vulneración de los actos administrativos legítimos de una institución educativa pública puede generar efectos reputacionales y operativos importantes, tanto al interior de la universidad como ante organismos de control externos.

Recomendaciones para la comunidad universitaria

Para proteger la institucionalidad y la transparencia del proceso, sería conveniente:

  • Verificar que los responsables electorales actúen siempre conforme al cronograma, estatutos y acuerdos aprobados por los órganos competentes de la universidad.
  • Garantizar que cualquier resolución que firme el Comité Electoral esté respaldada por documentos que acrediten plena competencia funcional y temporal.
  • Alertar a la comunidad universitaria sobre la importancia de respetar los procedimientos legalmente establecidos para evitar que actuaciones fuera de norma generen invalidez, desconfianza o litigios.
  • Promover de modo público la rendición de cuentas sobre el proceso electoral, los mecanismos de acompañamiento de los organismos de control (como la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría, etc.) y la transparencia de las decisiones.

 

La denuncia penal presentada por la Universidad del Atlántico pone en evidencia una disputa por el control del órgano electoral de la institución y por la legitimidad de los actos que de él emanan. La universidad defiende con este paso su entendimiento de que una vez culminado el proceso electoral y designado el rector, ningún órgano interno puede revocar válidamente esa elección sin vulnerar los principios de legalidad, competencia y seguridad jurídica.
Este caso refuerza la necesidad de que las universidades públicas mantengan mecanismos robustos de gobernanza, legalidad y rendición de cuentas, a fin de preservar la institucionalidad y la confianza de su comunidad académica y de la sociedad en general.