La medida regirá para el segundo y último lunes de cada mes.
Ahora el "Día sin Moto" en Cartagena será los lunes a partir de marzo
Rcn Radio
11 Mar 2024 06:15 PM

¡Atención! Restringen parrillero hombre en 10 barrios de Cartagena

Ivanna
Mastrascusa Cavadía
Los barrios son Bocagrande, Manga, El Laguito, Castillogrande, El Cabrero, Crespo, El Bosque, Alto Bosque, Pie de la Popa y El Recreo.

El secretario del Interior y Convivencia Ciudadana, Bruno Hernández, anunció la implementación de medidas de restricción de movilidad de motocicletas con parrillero hombre, en cualquier modalidad de cilindraje, en 10 barrios del Distrito que han sido priorizados.

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La prohibición de la circulación de motocicletas con acompañante y/o parrillero hombre- que incluye motocarros, cuatrimotos y mototriciclos- comprende los barrios Bocagrande, Manga, El Laguito, Castillogrande, El Cabrero, Crespo, El Bosque, Alto Bosque, Pie de la Popa y El Recreo.

Cabe resaltar que, frente a esta medida restrictiva en pro de la seguridad, están exentos los organismos de seguridad del Estado, Fuerzas Militares, la Armada Nacional, Policía Nacional y Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación y los que ejerzan funciones legales de la Policía Nacional. Tampoco tendrán restricciones las autoridades de tránsito y los organismos de socorro.

Dichas excepciones se aplicarán siempre y cuando las personas se encuentren en ejercicio de sus funciones y porten carnet original.

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Está habilitado el desplazamiento de motocicletas con parrillero hombre por las siguientes vías:

* Por el Túnel de Crespo, desde el Anillo Vial hasta el retorno del Nuevo Puente del Túnel de Crespo (frente a la estación de servicio Gazel). Hacia Torices por el puente Alfonso Romero Aguirre.
* Avenida Santander, desde el retorno del Túnel de Crespo hasta Glorieta
Santander
* Carrera Primera (Avenida Santander) tramo comprendido entre la glorieta
Santander hasta el Edificio Seguros Bolívar (Calle 15).
* Tramo de la Calle 15, comprendido entre la carrera primera hasta la carrera segunda (Avenida San Martín).
* Avenida San Martín, calzada derecha (Este), tramo comprendido entre la calle 15 hasta la Glorieta Santander, en sentido Sur-Norte.
* Calle 47 desde la intersección con la Avenida Santander hasta la carrera 14 del barrio Torices.
* Calle 41 (Avenida Rafael Núñez) desde la Avenida Santander (las Tenazas)
* Avenida Luis Carlos López (India Catalina), en ambos sentidos.
* Avenida Luis Carlos López (Puerto Duro), desde la intersección con la Avenida
Venezuela hasta la Avenida Daniel Lemaitre.
* Avenida Concolón desde la Avenida Daniel Lemaitre hasta la Calle 30.
* Calle 30 desde la intersección con la Avenida Concolón hasta la Carrera 17. (en ambos sentidos).
* Tramo de la Avenida del Lago comprendido entre la carrera 17 hasta la Transversal
38.
* Diagonal 21C: comprendido entre la intersección con la Transversal 54 hasta la intersección con la transversal 49, en ambos sentidos vehiculares.
* Diagonal 21B: comprendido entre la intersección con la Diagonal 21C hasta la intersección con la transversal 49, en ambos sentidos vehiculares.
* Transversal 54 (contraflujo) comprendido entre la Diagonal 22 (Avenida Crisanto
Luque) hasta la Diagonal 21C, en el sentido único de circulación del contraflujo Este
* Diagonal 22 (Avenida Crisanto Luque) comprendido entre la Transversal 49 hasta la
* Transversal 54, contraflujo carril Oeste, en el sentido Norte - Sur.
Transversal 49: comprendido entre la Diagonal 22 (Avenida Crisanto Luque) hasta la
* Diagonal 21 B, en ambos sentidos vehiculares.

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El incumplimiento u omisión de dichas medidas restrictivas acarreará las sanciones comprendidas en el marco de la ley.