Vehículos en Cartagena
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16 Mar 2023 08:13 AM

Pese a manifestaciones, seguirán los operativos contra conductores de plataformas digitales en Cartagena

Según el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte indicó que en lo corrido del año van más de 110 comparendos por esta actividad

Tras la manifestación realizada en Cartagena por parte de los conductores de plataformas digitales, quienes alegan persecución por parte de las autoridades, el director del Departamento Administrativo de Trámsito y Transporte, Janer Galván, informó que, esta actividad no se encuentra dentro del régimen legal de la normatividad de tránsito y transporte, razón por la entidad seguirá realizando operativos.

“El organismo de tránsito continuará realizando los controles operativos, es su obligación misional mantener el cumplimiento de las normas de tránsito, así como se hace al resto del segmento de la movilidad”, explicó el director del DATT.

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El funcionario indicó que, realizará una verificación de los puntos de control, la dotación de estos con elementos que refuercen los controles en el cumplimiento de las normas de tránsito y transporte en vía.

Es de destacar que, en 2022, se impusieron 1.200 comparendos por la prestación del servicio de transporte no autorizado, y en lo que va de 2023, se han impuesto 113.

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Por su parte, el líder de este gremio de conductores en la ciudad, Fredis Álvarez, insistió en que “hay que decirle basta ya de los abusos de autoridad, no entendemos de que hagan reten en Bocagrande, en el Reloj Público, en varios lados tocándole el bolsillo al ciudadanos que a duras penas trabajan para medio comer. Mientras tanto, la ciudad desbordada con trancones, problemas vehiculares en el Mercado de Bazurto, Ronda Real, La Serrezuela el transito aquí esta patas para arriba es un caos en la ciudad”.

El Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) precisa la infracción D12: un vehículo que es usado para un servicio diferente al que figura en la licencia de tránsito puede ser inmovilizado: por primera vez, 5 días; por segunda vez, 20 días; por tercera vez, 40 días; si es reincidente se le puede suspender la licencia de conducción al conductor. La multa por esta infracción es de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes.