Rotación de pico y placa en Cartagena
Rotación de pico y placa en Cartagena
Cortesía/DATT Cartagena
3 Mayo 2021 06:39 AM

Hoy inicia nueva rotación de pico y placa para taxis en Cartagena

Andrea
Martínez Rodríguez
También hay modificaciones en las tarifas de cobro a usuarios por carreras

La nueva rotación de pico y placa para los vehículos tipo taxis comenzará a regir a partir de este lunes 3 de mayo de 2021, conforme al decreto 820 de agosto 26 de 2020, el cual establece las medidas de restricción a la circulación en la ciudad. 

La nueva rotación irá hasta el 28 del mismo mes, en donde los taxis circularán con una nueva rotación de dígitos en el horario comprendido, entre las 6:00 a.m. y las 6:00 a.m., del día siguiente, de lunes a viernes.

  • Lunes: 5-6 
  • Martes: 7-8
  • Miércoles: 9-0
  • Jueves: 1-2
  • Viernes: 3-4

La entidad recuerda que podrán circular los taxis que se encuentren en labores de mantenimiento, desmontando la silla trasera y portando un aviso en el vidrio frontal: “vehículo en mantenimiento por Pico y Placa”.

Dentro de las excepciones se autoriza la circulación solo por el día de llegada a los vehículos que se vean afectados por la medida de “pico y placa”, siempre que demuestren su ingreso a la ciudad con el respectivo comprobante de pago del último peaje.

 

 

Nuevas tarifas para taxis

Con la expedición del decreto 482 de abril 30 de 2021, la Alcaldía Mayor de Cartagena fijó las nuevas tarifas de los recorridos para la anualidad 2021 del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos tipo taxi, en el Distrito de Cartagena de Indias. 

Respecto al recargo nocturno, los taxistas incrementaran un recargo nocturno por valor de $700, en el horario comprendido entre las 9:00 p.m. y las 5:00 a.m.

Para el tema de las tarjetas de control, las empresas de servicio público de transporte tipo taxi, previa verificación de la afiliación del conductor al sistema de seguridad social y validadas las cotizaciones de éste, podrán expedir la tarjeta de control que, entre otros aspectos, contendrá las tarifas fijadas mediante el presente acto administrativo.

 
Las empresas debidamente habilitadas deberán hacer entrega de la correspondiente tarjeta de control con las nuevas tarifas, dentro de un término no superior a los 10 días calendario, a partir del día 30

Respecto a las sanciones, el propietario, tenedor y/o poseedor o conductor del vehículo de servicio público terrestre Individual de transporte de pasajeros que no lleve el aviso de las tarifas oficiales en condiciones de fácil lectura para el pasajero; o si lo posee deteriorado o adulterado, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes.

 

Fuente
Alerta Caribe