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25 Mar 2021 06:37 AM

Le ponen talanqueras al coronavirus en El Retén (Magdalena): Cierran fronteras, toque de queda y ley seca

Emiro
Ochoa
Toque de queda y ley seca todos los días de 8 pm a 5 am desde mañana 25 de marzo hasta el 5 de abril 

La Alcaldía de El Retén expidió el decreto  Nº. 023 este  24 de marzo de 2021 por medio del cual  imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID - 19, y el mantenimiento del orden público.

El alcalde Jorge "Checho" Serrano y su secretaria de gobierno Geraldin Anaya Villafaña, han informado que a partir de este jueves 25 de marzo y hasta el 5 de abril regirá el toque de queda y la ley seca, todos los días desde las ocho de la noche hasta las cinco de la mañana.

Ordena el decreto también que se suspenden los pilotos en el Municipio de El Retén adoptados mediante decreto 165 del 03 de Diciembre de 2020, los días 1,2, 3 y 4 de abril 2021 desde las 00:00 del 1 de abril hasta las 08:00 am del día 5 de abril 2021.

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Durante el resto de la vigencia contemplada en este acto, prestarán sus servicios hasta el horario de las ocho de la noche (8:00) p.m., cumpliendo estrictamente los protocolos de bioseguridad pactados con la administración Municipal, que de incumplirse serán acreedores al cierre indefinido del establecimiento.

El alcalde "Checho" Serrano dijo que tomó la determinación de prohibir procesiones y eventos religiosos masivos con ocasión a la semana santa (podrán seguirse de manera virtual en las casas), aglomeraciones, reuniones sociales con más de cinco personas.

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A su vez la secretaria de gobierno Geraldin Anaya explicó, que vuelve a regir el pico y cédula: Lunes, miércoles y viernes, números pares; martes, jueves y sábado, números impares. Domingo sin pico y cédula.

El artículo 2 habla de la inobservancia de las medidas: "La violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue".