La mayoría de juzgados están ubicados en Montería
Palacio de justicia de Montería.
Foto/Archivo
18 Jul 2020 07:42 PM

Ordenan el cierre de 50 despachos judiciales en Córdoba por el Covid-19

Jairo Alonso
Pérez Delgado
Los primeros juzgados en cerrar fueron los civiles y de familia en Montería.

El director Ejecutivo de la Administración Judicial en Córdoba, Alfonso de la Espriella, explicó que los 50 despachos judiciales cerrados están distribuidos 45 en la ciudad de Montería, cuatro en Chinú y uno en Lorica.    

El funcionario informó que se encuentran realizando el proceso de desinfección de las oficinas y superficies para frenar la propagación del virus.

Se tomó la decisión de ordenar el cierre porque se presentaron casos de servidores judiciales contagiados por el Covid- 19 y  sospechosos”, explicó el funcionario.

Lea aquí: Polémica en Calamar, Bolívar, por concejal que celebró fiesta con disparos incluidos

Los despachos cerrados son: Juzgado primero Administrativo del Circuito, Juzgado segundo Administrativo del Circuito, Juzgado tercero Administrativo del Circuito de Montería ,Juzgado cuatro Administrativo del Circuito de Montería, Juzgado quinto Administrativo del Circuito de Montería, Juzgado sexto Administrativo del Circuito de Montería y Juzgado séptimo Administrativo del Circuito de Montería.  

Además, el Tribunal Administrativo de Córdoba (incluida la Secretaría), el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería (incluidas la Secretaría de la Sala Civil Familia Laboral y la Secretaría de la Sala Penal y Sala Jurisdiccional Disciplinaria – Seccional Córdoba (incluida la Secretaría, cerrarán sus puertas.

 Los primeros en cerrar fueron los juzgados civiles y de familia, ubicados en la calle 30 con carrera segunda, en la zona céntrica de Montería.

Le puede interesar:Mantienen medidas de toque de queda y ley seca en municipios del Atlántico

Explicaron en la Rama Judicial que finalizado el cierre extraordinario de los despachos judiciales y dependencias administrativas en referencia, solo podrán asistir a los juzgados y secretarías, los servidores judiciales que no se encuentren dentro de los cercos epidemiológicos de contagio del Covid 19.

Únicamente para realizar actividades específicas que requieran el trabajo presencial dentro de los turnos establecidos por los nominadores, sin que superen el 20% del total de servidores.

Desde el primero de julio se habían reanudado los términos y se podían adelantar actuaciones por correo y programar audiencias virtuales; pero por la emergencia de Córdoba se paralizaron las actividades.