Gloria Estrada
RCN RADIO
20 Ene 2022 11:29 AM

Pa' su casa mandan a Gloria Estrada, la presidenta del Concejo fue cobijada con medida domiciliaria

Andrea
Martínez Rodríguez
Avelino Villamizar también fue cobijado con casa por cárcel, mientras que Martin Barreto obtuvo medida intramural

En medio de la diligencia que se llevó a cabo esta mañana, el Juez 18 municipal con control de garantías Rubén Galarza Mendoza, resolvió en audiencia preliminar la imposición medida preventiva de aseguramiento en detención domiciliaria para Gloria Estrada y Avelino Villamizar, por el delito de porte, tenencia y tráfico de estupefacientes.

Por su parte para la pareja sentimental de la presidenta del Concejo, resolvió cobijarlo con medida de aseguramiento preventivo carcelario, para Martin Barreto por el delito de porte y tenencia de armas y municiones, al considerar que la medida de casa por cárcel no era suficiente para garantizar el debido proceso.

Lea Aquí: Fiscal de “narcocaso” de presidenta del Concejo, insiste en solicitar medida intramural para Gloria Estrada

Así mismo la diligencia fue aplazada para las dos de la tarde y se espera la apelación o aceptación de las medidas por parte de la defensa de los acusados, en la polémico caso en donde se hallaron 997 gramos de cocaína en un auto donde se movilizaban los implicados, el pasado viernes 14 de Enero.

El juzgado también considero que tanto Estrada como Avelino, son personas que “viven aquí, tienen sus negocios aquí, no tienen antecedentes, tienen presunción de inocencia, el delito por el cual se les está investigando no es de competencia de juzgado especial, por lo que todos esos factores, implicaron para que sea posible optar por una medida domiciliaria”.

Lea también: "Me dieron un chance, no tenía conocimiento de la droga en el carro": presidenta del concejo de Cartagena

Además el Juzgado decidió imponer adicional requerir a los dos cobijados con medida domiciliaria someterse a organismos de vigilancia electrónica por parte del INPEC, Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario,  y atender a los requerimientos que sean necesarios por parte de las autoridades, cada vez que sea necesario.

Fuente
Alerta Caribe